Liquidamos el impuesto, presentamos la declaración jurada y seguimos los anticipos. La planificación se hace antes del cierre del ejercicio, dentro de la ley, y cada criterio queda respaldado en papeles de trabajo.
Roberto Giuliani - Contador Público Nacional (UFLO) · CPCECABA T. 441 F. 47 | CPCEPBA 46875/4
Seis situaciones en las que el impuesto necesita más que la presentación anual.
Proyectamos el resultado impositivo antes del cierre, con tiempo para revisar el tratamiento de gastos, amortizaciones y quebrantos conforme a la ley.
Seguimos los anticipos y, cuando la proyección lo justifica y la norma lo permite, preparamos la solicitud de reducción con su respaldo.
Relevamos lo que se solicita, reunimos la documentación de respaldo y preparamos la contestación.
Analizamos el efecto impositivo de una reorganización societaria, una inversión en bienes de uso o una distribución de dividendos antes de que se tome la decisión.
Preparamos la declaración jurada anual de personas humanas, con el cómputo de las deducciones admitidas y de las retenciones sufridas.
Relevamos en ARCA qué declaraciones juradas y anticipos faltan y armamos el plan de trabajo para ponerlos al día.
Cuatro etapas, cada una con su entregable.
Con el CUIT y la delegación de servicios en ARCA relevamos las declaraciones juradas presentadas, los anticipos, las retenciones y percepciones sufridas y los saldos a favor. El resultado es un informe del estado del impuesto.
Antes del cierre proyectamos el resultado impositivo y dejamos por escrito los criterios a aplicar, el calendario de vencimientos y los honorarios a convenir según el alcance.
Conciliamos el resultado contable con el impositivo, armamos los papeles de trabajo y preparamos la declaración jurada. El contribuyente la revisa antes de la presentación.
Anticipos, retenciones y vencimientos del ejercicio siguiente. Si llega un requerimiento, la contestación parte de los mismos papeles de trabajo.
El alcance definitivo se fija en el plan de trabajo, según el tipo de contribuyente y su actividad.
Honorarios a convenir según el tipo de contribuyente, el volumen de operaciones y el alcance del trabajo.
Es ordenar con anticipación las decisiones del negocio para que el impuesto se determine aplicando las deducciones, los regímenes y las opciones que la ley prevé. No incluye simular operaciones ni omitir ingresos. Su efecto depende de cada caso y no se puede anticipar sin el diagnóstico.
Con el CUIT, la fecha de cierre del ejercicio y el motivo de la consulta armamos el diagnóstico.
Teléfono
+54 11 7137 1234
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Sede en CABA. Trabajamos en CABA y Provincia de Buenos Aires.